
FUNCIONES DEL COMITÉ DE TIERRA URBANA:
- Organizar a la comunidad para gestionar los trámites de la regularización jurídica de las Tierras Urbanas.
- Trazar la Poligonal o Ámbito Geográfico y presentársela a la Asamblea de ciudadanos y ciudadanas para que esta sea aprobado.
- Levantar un censo de todo el sector, con el objetivo de obtener información del número de pobladores, las diferentes parcelas existentes; y de los espacios públicos y privados que tenga el sector.
- Elaborar la carta del barrio: es una descripción del sector que se refiere a 5 aspectos fundamentales, La historia colectiva: ¿cuándo y cómo se fundó? ¿Quiénes fueron los fundadores? ¿cuáles fueron sus logros? La Identidad Actual: Familias, origen/procedencia, oficios/profesiones, organizaciones, áreas comunes, tradiciones, problemas y necesidades.
- Visión de futuro.
- Realizar el Levantamiento Catastral con el apoyo de la Dirección de Catastro Municipal.
- Activar las comunidades para garantizar que se efectúen todos los pasos necesarios que concreten la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana.
- Participar en los procesos de mejora y organización de los vecinos en beneficio del rescate de las áreas comunes dentro de la comunidad, que conlleve al fortalecimiento del Estado Comunal.
- Articular con en el Consejo Local de Planificación Pública, para la elaboración de los planes, programas y proyectos que serán presentados ante la Alcaldía correspondiente según su competencia.
- Coordinar con la Oficina Nacional para la Regularización de la Tenencia de la Tierra y demás organismos competentes las acciones conducentes de la regularización de la tierra.
- Proponer las áreas de uso reservados no modificados en el ordenamiento natural básico a ser suscrito por el Concejo Comunal.
- Establecer proyectos de desconcentración de la población urbana, coordinados con los Movimientos de Pobladores y Pioneros de la Patria.
- Proponer al Concejo Comunal las normas de convivencias del uso de las áreas públicas a partir del reconocimiento de la idiosincrasia de cada comunidad.
- Todas aquellas que están establecidas en Decreto 1666 del Ejecutivo Nacional y la Ley Especial de Regularización y Ordenamiento Integral de la Tenencia de la Tierra en los Asentamientos Urbanos Populares.
- Realizar Banco de Terrenos Ociosos conjuntamente con los Consejos Comunales adyacentes.
INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ DE TIERRA URBANA:
- Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal
- Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia
- Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia
- Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
- Ministerio del Poder Popular para la Participación y Desarrollo Social
- Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información
- Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
- Ministerio del Poder Popular Para la Vivienda y Hábitat.
- Procuraduría General de la República y la Corte Suprema de Justicia.
- Comisión de Desarrollo Social de la Asamblea Nacional
- Ministerio del Poder Popular para la Finanza
- Cartografía Nacional.
- Fogade.
- Alcaldías
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