COMITÉ COMUNITARIO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Es el comité que ejerce la vigilancia social dentro del Consejo Comunal para que se cumplan los derechos y deberes que tienen las personas con discapacidad, estableciendo programas y proyectos que atiendan de manera integral y que garanticen a las personas con discapacidad la inclusión y equiparación de oportunidades en relación a otros miembros de la comunidad, a su vez promueve las diferentes actividades culturales, deportivas y recreativas para estas personas vinculándose con los comités de  protección e igualdad social, recreación y deporte, y economía comunal, para establecer los planes, metas, y actividades relacionados con los asuntos sociales que conlleven a mejorar la calidad de vida  de las personas con discapacidad y sus familias. Su constitución está basado en los ART: 19, 20, 21, 22, 60, 62 de la CRBV; la Ley para las Personas con  Discapacidad, la Ley Orgánica de los Consejos Comunales y el Proyecto Nacional Simón Bolívar (II eje Suprema Felicidad Social).      

FUNCIONES  DEL COMITÉ DE PERSONAS CON DISCPACIDAD 
  • Realizar mesa de trabajo para discutir sobre las necesidades de asumir un programa que atienda la discapacidad en la comunidad.
  • Realizar un censo integral de  personas con discapacidad del lugar y sus condiciones de vida, apoyado en el trabajo de otros comités de trabajos u  organizaciones comunitarias (comités de salud, comité de protección e igualdad social, comités de alimentación, comité de educación, comité de economía popular).
  • Iniciar un programa de atención comunitaria integral de la discapacidad y mantener un buen funcionamiento.
  • Gestionar la elaboración de proyectos, metas y actividades que atiendan las necesidades sectoriales de las personas con discapacidad.
  • Garantizar a las personas con  discapacidad la inclusión y equitación de oportunidades en relación a otros miembros de la comunidad.
  •  Garantizar la participación de las personas con discapacidad en las diferentes actividades culturales, deportivas y recreativas dentro de la  comunidad.
  • Llevar la gestión de los proyectos, planes y programas de las diferentes actividades relacionadas con los asuntos sociales de las personas con discapacidad.
  •  Establecer una capacitación productiva para personas con discapacidad.
  • Conocer y maneja la guía para el maestro de escuela y del manual de atención a las personas con discapacidad.
  •  Gestionar antes los entes del Estado todo lo que tiene que ver la atención integral de las personas con discapacidad.
  • Cooperar con la aplicación de medidas que protegen a las personas con discapacidad.
  •  Coordinar con el comité de economía  comunal la generación de empleo para personas con discapacidad creando empresas.
  •  Coordinar con el comité de vivienda y hábitat la dotación de viviendas dignas a las personas con discapacidad que la requieran estableciendo las normas de construcción que estas deben de tener según los casos.
  •  Establecer mesas de trabajos con otros Consejos Comunales y Comunas en Construcción para realizar atención integral y social a las personas con discapacidad de otras localidades.
  • La promoción de foros o charlas informativas y educativas inherentes al tema de las personas con discapacidad.
  • Todas aquellas otras que le sean atribuidas por el Consejo Comunal.

INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMITÉ  DE PERSONAS CON DISCPACIDAD

  • Ministerio del Poder Popular para la Alimentación.
  • Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social.
  • Defensoría del Pueblo.
  • Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
  • Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad.
  • Ministerio del Poder Popular para el  Deporte.
  • Alcaldías.
  • Comisiones permanente de las diferentes Camaras Municipales.

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